EL DISCURSO DE OTÁROLA EN MATERIA DE DERECHOS LABORALES: DIÁLOGO CON LA CONFIEP, REPRESIÓN PARA EL PUEBLO*

DIEGO MOTTA
Abogado y profesor laboralista. Ex Asesor del Despacho
Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo 2021-2022

El 10 de enero de 2023, en medio de la matanza de 45 peruanos perpetrada por el gobierno dictatorial de Dina Boluarte, han pasado desapercibidos algunos aspectos del discurso del presidente de facto del Consejo de Ministros, Luis Alberto Otárola Peñaranda, ante el Congreso de la República.

Haciendo gala de su consabido cinismo al hacer un “llamado a la paz social”, señalando que el gobierno “no es un régimen autoritario” y ofreciendo “un programa de apoyo a las familias de las víctimas”, aprovechó para reiterar su talante represivo al “respaldar totalmente a las fuerzas policiales”, e insistir en un “plan de acción política para pacificar el país (…) sin ceder al chantaje de la violencia”. Ni una sola disculpa por la masacre. Por el contrario, se insistió con el desprecio a las organizaciones sociales al señalar que las protestas son impulsadas por “un sector minoritario de dirigentes sociales de base dispuestos a recurrir de nuevo a la violencia con fines políticos. Es el caso, lamentablemente, de Puno. Frente a ese temerario propósito, el Ejecutivo responderá con firmeza para contener y anular esta resaca golpista”. Es decir, pura retórica; se trata de un diálogo falaz. La política de diálogo de este gobierno se ha caracterizado por el desprecio a las organizaciones sociales o la instrumentalización de estas, así como por graves violaciones de los derechos humanos.

No obstante, a quien sí se les ha tendido la mano es a los grandes empresarios de la CONFIEP. El gobierno de facto ha planteado como uno de los tres ejes fundamentales del sector Trabajo el diálogo social a través de la “reactivación inmediata del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo porque es indispensable que inversionistas y trabajadores vuelvan a interactuar junto con el Estado para consensuar las principales normas laborales”. Un primer problema de dicha afirmación es que olvida que el propio Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo declara como objetivo el “impulso del diálogo social”, que tiene como pilar fundamental el “reconocimiento de los derechos humanos”. ¿Cómo se puede hablar de diálogo social mientras se masacra a manifestantes?

Un segundo problema, de acuerdo con las declaraciones del presidente del Consejo de Ministros, es que el diálogo social se lograría con “el sector Trabajo y Promoción del Empleo corrigiendo varias medidas que han afectado la toma de decisiones”.

¿QUÉ QUIEREN CORREGIR EN EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO?

¿Algún presunto caso de corrupción que hayan detectado, de transgresión a la meritocracia, o alguno de acoso sexual? Nada de eso. Recordemos que la CONFIEP se retiró del CNTPE el año pasado, exigiendo que se “corrijan” los Decretos Supremos 001-2022-TR y 015-2022-TR, que sancionan y ponen límites a la tercerización laboral, y el 014-2022-TR que restituía luego de 30 años de la reforma laboral fujimorista, el ejercicio efectivo a los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. ¿Por qué les preocupó tanto estas medidas a los poderes fácticos y por qué se apresura hoy la dictadura para querer “corregirlas”?

Puedo dar fe, pues participé junto al equipo técnico que creó, impulsó y defendió ambas normas desde el MTPE, que estas respondían a criterios técnico-jurídicos como a problemas públicos reales. Por ejemplo, de acuerdo con cifras del MTPE, en el sector minero la tercerización ha generado una gran precarización laboral. Respecto a la estabilidad en el empleo, 9 de cada 10 trabajadores de una empresa tercerizadora tienen contratos temporales, mientras que en la empresa principal son 4 de cada 10. En materia salarial, las remuneraciones en la empresa principal son más del doble (118% más) que en la empresa tercerizadora para trabajadores que realizan la misma función. En tanto que respecto a los accidentes mortales, el 76% de estos se produce en las empresas tercerizadoras. En cuanto a libertad sindical, en las empresas principales, la tasa de sindicalización es de 35%, mientras que en las contratistas menos de la mitad, apenas 12%. Es decir, los trabajadores tercerizados tienen menos derechos y menos instrumentos para mejorar esta situación. La aplicación adecuada del DS 001-2022-TR, que prohíbe la tercerización laboral para el núcleo del negocio de las empresas, así como del DS 015-2022-TR, que regula las sanciones para las empresas que mal utilizan la tercerización, permite cambiar la situación discriminadora antes descrita. ¿Otárola aplicará su “diálogo” para “corregir” estas normas?

Con respecto a la libertad sindical, antes de la dictadura de Fujimori, en 1990, la tasa de afiliación sindical (es decir el porcentaje de trabajadores pertenecen a una organización sindical) llegó a ser 21,9% en Lima Metropolitana, mientras que el 2021 esta tasa había descendido a 5% en el sector privado formal a nivel nacional. El DS 014-2022-TR, que modificó el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, sirve como instrumento jurídico para cambiar esa situación y lograr relaciones laborales más democráticas. La CONFIEP y sus estudios jurídicos fustigaron esta norma, acusándola de que empodera excesivamente a los trabajadores, pues permite que los independientes y practicantes se organicen, o porque promueve el derecho de huelga sin controles, ya que los empleadores no podrán reemplazar a un trabajador para evitar la paralización de los servicios o la producción, etc. Todas estas disposiciones forman parte del contenido esencial del derecho a la libertad sindical, y se encuentran reconocidas en los tratados internacionales del sistema interamericano de Derechos Humanos y de la OIT, así como en disposiciones constitucionales y legales. Lo que hace el DS 014-2022-TR es corregir el reglamento fujimorista anterior, a fin de hacer efectivos los derechos y que no sean solo declarativos.

El discurso de Otárola pretendería “corregir” esta norma también y otorgar a cambio el Plan Nacional de Promoción de la Libertad Sindical, mediante el cual “se fortalecerá el ejercicio de este derecho constitucional, mejorando el servicio del Ministerio de Trabajo a la gestión sindical, compatibilizando el ordenamiento nacional con los instrumentos internacionales de derechos laborales”. Nos preguntamos ¿si se “corrige” el DS 014-2022-TR a través del diálogo de las balas y las botas, de cuánto servirá un Plan Nacional de Promoción de la Libertad Sindical?

Todos estos DS fueron las normas del gobierno de Pedro Castillo más disputadas por las grandes empresas, la derecha congresal y los medios oligopólicos. Así lo prueban las más de 100 demandas de amparo, 8 acciones populares y más de 200 denuncias administrativas presentadas por las grandes empresas, además de los tres Proyectos de Ley impulsados en el Congreso y las decenas de primeras planas de los medios capitalinos contra las normas mencionadas. Sin duda se trataban de las medidas de izquierda más importantes que implementó el MTPE en fiel cumplimiento del plan de gobierno que ganó las elecciones del 2021; es decir, por las que la mayoría de los peruanos votamos y por las que el movimiento sindical y popular vienen luchando desde hace varias décadas.

La “corrección” que ahora el Gobierno promete a la patronal no solo es el premio por su apoyo incondicional a este gobierno dictatorial, sino también un mensaje aleccionador y vengativo: Los trabajadores no deben nunca más impulsar normas y menos intentar gobernarse, solo deben someterse al “diálogo” de las botas y las balas. El movimiento sindical, la CGTP, la CUT, la CTP, la CATP, la FNTMMSP, etc. no deben someterse a ese tipo de diálogo y deben ser solidarios con el pueblo trabajador del sur. Los trabajadores técnicos y honestos del MTPE deben tener presente el código de ética de la función pública y no ceder a presiones.

*Cuando se había entregado este artículo para su publicación se recibió la noticia de la renuncia del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Eduardo García Birimisa. Se saluda la decisión, es lo mínimo que se podía esperar, pero de manera fraternal se lamenta que haya sido un mes después y 50 muertos tarde. Respecto a algunas de las razones expuestas en la carta de renuncia, cabe preguntarse ¿Es un ministerio solo un cargo de responsabilidad política o hubo un programa laboral que se defendió durante la efímera estadía? ¿Cuál fue la agenda que desde el sector se quería implementar? ¿Cuál debería ser la agenda laboral para ese Perú que soñamos?

PRONUNCIAMIENTO

El pasado 23 de febrero se publicó el Decreto Supremo No. 001-2022-TR que modifica el reglamento de la Ley No. 29245, que regula los servicios de tercerización, y el Decreto Legislativo No. 1038, que precisa los alcances de la Ley que regula los servicios de tercerización.

Los y las que suscribimos el presente pronunciamiento, manifestamos lo siguiente:

  1. Desde hace casi 15 años, la Ley No. 29245 y su reglamento instauraron un régimen facilitador de la tercerización en actividades principales, sin límite alguno. Bajo esta regulación se podía tercerizar “todas las actividades de la empresa”, incluyendo su núcleo medular, a pesar de que la propia Ley No. 29245 en su artículo 2° sólo admite las tercerizaciones en “actividades especializadas u obras”.
  2. Este régimen regulador supuso una intensa precarización de las relaciones de trabajo. En el aspecto individual, los trabajadores de las contratistas perciben menores remuneraciones que los trabajadores de las empresas principales, tienen menor protección en seguridad y salud en el trabajo (por consiguiente, mayores riesgos de afectación de accidentes mortales o incapacitantes) y muchas veces no reciben utilidades por su trabajo. En el aspecto colectivo, las y los trabajadores de las contratistas han visto obstaculizado su derecho a formar sindicatos, negociar colectivamente y a ejercer su derecho de huelga. Y el impacto precarizador se ha extendido a los trabajadores de las empresas principales, tanto en el ámbito individual como en el colectivo.
  3. Esta situación de precariedad de los derechos laborales y de inequidad, ha agudizado la desigualdad en la distribución de ingresos en el país y ha causado innumerables accidentes de trabajo. Por lo tanto, la precariedad laboral no puede mantenerse indefinidamente a riesgo de mercantilizar las relaciones de trabajo en nuestro país.
  4. El Decreto Supremo No. 001-2022-TR corrige, en buena medida, esta inequidad, al prohibir la tercerización del núcleo del negocio que forma parte de la actividad principal de la empresa. Y lo hace respetando la legalidad, fortaleciendo los derechos de información de los trabajadores tercerizados así como declarando la desnaturalización de las relaciones laborales ante cualquier incumplimiento.
  5. La democracia pasa por el respeto de los derechos fundamentales de todos y por la corrección del marco legal cuyo efecto ha sido la precarización de las condiciones de trabajo. Sólo así los y las peruanas nos sentiremos representados por las autoridades encargadas de velar por el interés común.

Lima, 25 de Febrero de 2022.

CARLOS BLANCAS

JORGE VILLASANTE

ALFREDO VILLAVICENCIO

GUILLERMO BOZA

CHRISTIAN SANCHEZ

ESTELA OSPINA

ADOLFO CIUDAD

ELMER ARCE

MARTIN CARRILLO

PAUL CAVALIE

ALVARO VIDAL

GUILLERMO MIRANDA

GONZALO DE LAMA

EDGARDO BALBIN

JAVIER MUJICA

LUIS MENDOZA CHOQUE

WILLMAN MELENDEZ

BETTY EGUSQUIZA

LUIS BALDEON

JAVIER HUANCAHUARI

MIGUEL LLANOS

ROY ALEXIS QUISPE

JOEL CACERES

JAIME SANCHEZ ARTEAGA

ENRIQUE FERNANDEZ MALDONADO

JULIO FRANCO PEREZ

JOSE MARCOS-SANCHEZ

PAUL PAREDES

ELEMING VALLE

PATRICIA ESTHER VALENZUELA

ANDREA SANCHEZ MATOS

JESUS AGUINAGA

JAVIER PAITAN

GRACE BAQUERIZO

GIANINA ECHEVARRIA

KATTY CABALLERO

FANNY BAUTISTA

MARTIN ORE

JOSE OÑA MEOÑO

OSCAR CHURATA

GIORGIO FALCON

JOSE CASTILLO TAVARA

MARIELLA BELLEZA

ROSA VARILLAS

ROCIO CAMPANA CAMPOS

RONALD CANO FUENTES

MARINA DEL ROSARIO BARBOZA

DIEGO CORNEJO CACHAY

CAROLINA QUEVEDO

LUCY MARMANILLO

IMBER JESUS LLERENA

CARLOS VALVERDE

FLOR YNGA MORALES

JOHAN HUAMAN LLANTOY

FREDY MAYCOL RODRIGUEZ

YAITANA ESPINOZA

CHRISTIAN MONTERO

CARLOS MEJIA

GERARD ANGLES

ANA HILARIO MELGAREJO

EN DEFENSA DE LA MEMORIA Y DE LOS DERECHOS LABORALES

Ante el actual escenario electoral, preocupa la amenaza de que nuestro país tenga nuevamente un gobierno fujimorista, bajo el cual se acentúen la precarización de las condiciones de trabajo y las debilidades institucionales para la protección de los derechos laborales, la falta de garantías efectivas para la libertad sindical y la desprotección social, como ya lo ha hecho ese sector político en el pasado y lo ha venido promoviendo estos años.

Basta recordar que durante la década fujimorista se llevó a cabo de manera autoritaria una reforma estructural que degradó los derechos laborales y legitimó el abuso de las empresas contra las y los trabajadores; una reforma de la cual somos herederos actuales y cuyos efectos han sido puestos en evidencia por la profunda crisis social y económica generada por la Covid-19. Algunas de las principales medidas de dichas reformas son:

i) Se abrió sin mayores candados la posibilidad de contratar temporalmente (actualmente el 75% de la planilla formal). En la actual pandemia esto ha servido para despedir masivamente trabajadores con la excusa de la “no renovación” del contrato sin ningún tipo de beneficio y protección ante el desempleo.

ii) Se implementó una política de reducción de derechos laborales como un supuesto “mecanismo” para la promoción del empleo y la reducción de la informalidad. Política que, pese a que se ha venido aplicando durante todos estos años, el tiempo y la realidad se han encargado de demostrar que ese objetivo no se ha cumplido.

iii) Se permitió el despido libre y sin causa, y se realizaron ceses colectivos en los sectores público y privado, que luego la justicia se ha encargado de reconocer que fueron ceses colectivos arbitrarios e injustos.

iv) Se destruyó sin miramientos la afiliación sindical, se eliminó la negociación colectiva por rama de actividad y se criminalizó la protesta. Esto ocurrió no solo a manos de los empresarios, quienes tenían todas las de ganar ante un conflicto laboral, sino también a cargo del propio Estado y sus leyes y políticas laborales.

Estas vulneraciones se dieron, además, en un contexto donde las organizaciones y activistas sindicales fueron sometidos a una hostilidad y persecución constantes, al punto de asesinarse al entonces secretario general de la CGTP, el compañero Pedro Huilca, por parte del “Grupo Colina”.

Pero todo ello no es cosa del pasado. El fujimorismo nos ha seguido demostrando que tiene como eje central la destrucción de los derechos laborales. Recordemos algunos ejemplos recientes:

i) Las continuas prórrogas a la Ley N° 27360, denominada “Ley Chlimper”, la cual precarizó durante más de 20 años las condiciones de trabajo en el sector agrario a costa de las ingentes ganancias empresariales.

ii) El proyecto de “Ley del Esclavo Juvenil”, que pretendía ofrecer trabajo sin salario para los estudiantes de educación técnica.

iii) El “Proyecto Letona”, que planteaba eliminar la reposición judicial en casos de despido incausado o fraudulento, contrariamente a todo el desarrollo jurisprudencial que ha tenido el Tribunal Constitucional sobre el tema.

iv) La prohibición de incrementos salariales para las y los trabajadores estatales establecida en las leyes anuales de presupuesto, obstaculizando con ello el derecho a la negociación colectiva en el Sector Público.

En efecto, el fujimorismo con su bancada mayoritaria en el periodo 2016-2018, lejos de rectificar su papel en la historia apoyando leyes que protejan a las y los trabajadores; aprovechó su peso en el Congreso para perseguir a sus oponentes, obstruir a la justicia y pagar los favores de sus millonarios financistas.

A falta de un mes para la segunda vuelta electoral, el riesgo es latente y el futuro del Perú está en juego. El fujimorismo puede volver al gobierno y desde allí arremeter nuevamente contra los derechos laborales. En tal sentido, las y los abajo firmantes, convencidos de que es perjudicial para el país que un partido que ha pisoteado la democracia y ha promovido la eliminación de derechos llegue al Poder Ejecutivo, hacemos un llamado a las y los trabajadores, y a la ciudadanía en general, para que, por sobre la campaña de miedo y desinformación que buscan cerrar el paso a cualquier opción de cambio, emitamos un voto en defensa de la dignidad, la memoria y los derechos laborales.

  1. Javier Mujica Petit – DNI 07217677
  2. Gisella Figueroa Toledo – DNI 10788815
  3. Adolfo Ciudad Reynaud – DNI 10226127
  4. Edgardo Balbín Torres – DNI 07627936
  5. Grace Baquerizo Rojas – DNI 41693884
  6. Fernando Cuadros Luque – DNI 41394981
  7. Andrea Sánchez Matos – DNI 42153117
  8. Joel Cáceres Paredes – DNI 42752194
  9. Ana Hilario Melgarejo – DNI 44272008
  10. Rubén Vásquez Sandoval – DNI 44390964
  11. Lily Ku Yanasupo – DNI 40376673
  12. Enrique Fernández-Maldonado – DNI 10269471
  13. Gianina Echevarría Gutarra – DNI 42397701
  14. Leopoldo Gamarra Vílchez – DNI 06253563
  15. Carolina Quevedo Cárdena – 08808418
  16. Daniel Siguas Hernández – DNI 70442942
  17. Mariela Belleza Salazar – DNI 40070549
  18. Fredy Rodríguez Trujillo – DNI 70167274
  19. Patricia Valenzuela Alejo – DNI 40914005
  20. Juan Diego Motta Villegas – DNI 40761302
  21. Zoila Margarita Romero Rojas DNI 72665504
  22. Carlos Ledesma Cespedes – DNI 41076961
  23. Eleming Valle Rey Sánchez – DNI 42405426
  24. Johan Huamán Llantoy – DNI 43963027
  25. Mirna Jara Campos – DNI 04427251
  26. Saulo Galicia Vidal – DNI 46591339
  27. Jorge García Escobar – DNI 2577033
  28. Miriam Huaccha Queypo – DNI 42356029
  29. César Fernández Mata – DNI 42401842
  30. Virlan Camargo Ochoa – DNI 23802120
  31. Christian Sánchez Reyes – DNI 09674209
  32. Rosario Grados Peña – DNI 44888300
  33. Michael Javier Rocca Soto -DNI 41424978
  34. Rosa Varillas Ordóñez – DNI 41794938
  35. Gustavo Guerra García Picasso – DNI 09179676
  36. Catherine Eyzaguirre Morales – DNI 75497950
  37. José De Echave Cáceres – DNI 07886231
  38. Rocío Silva Santisteban Manrique – DNI 07822730
  39. Eduardo Zegarra Méndez – DNI 06597898
  40. Ruth Evelyn Mattos Guzmán – DNI 40323743
  41. Domingo de Ramos – DNI 08735488
  42. Alejandra Dinegro Martínez – DNI 70651832
  43. Hugo Cabieses Cuba – DNI 10585951
  44. Rocío Maldonado Alarcón – DNI 43134022
  45. Rodrigo Samamé Cabrera – DNI 41565974
  46. Fanny Lidia Bautista Puchuri – DNI 43491221
  47. Luis Jesús Baldeon Bedon – DNI 45466433
  48. Yolanda Valentin Nina – DNI 08613939
  49. Karol Eduardo Muñoz Arista – DNI 71482082
  50. Ela Dorena Pérez Alva – DNI 10323252
  51. Elio Béjar Cárdenas – DNI 44727853
  52. Velia Rosas Villena – DNI 08806100
  53. José Távara Martín – DNI 06086270
  54. Blanca Cosavalente Gutiérrez – DNI 08397681
  55. José Oña Meoño – DNI 09180441
  56. Marta Kuong Haydey – DNI 08119421
  57. Edgardo Cicerón Ciriaco Salinas – DNI 08372518
  58. Juana Patricia Hidalgo Euribe – DNI 08756320
  59. Emilio Salcedo Tapia – DNI 10732590
  60. Melissa Bohórquez Quito – DNI 44449031
  61. Carlos Eduardo Cáceres Torres – DNI 25783162
  62. Miguel Ángel Llanos Romero – DNI 09079428
  63. Roy Alexis Quispe Agipe – DNI 70280543
  64. Javier Huancahuari Moya – DNI 43257656

Continúan adhesiones…

JAVIER NEVES MUJICA, IN MEMORIAN

A poco más de un mes de la partida de Javier Neves Mujica –abogado laboralista, docente universitario, ministro de Trabajo y, sobre todo, excelente persona–, queremos rendirle este sencillo recordatorio como TrabajoDigno.pe.

La forma de hacerlo es releyendo sus reflexiones y apreciaciones sobre el que fuera el centro de su quehacer profesional y académico: el derecho laboral y el estudio de las relaciones de trabajo en nuestro país.

Sus conocimientos especializados y el justificado respeto que le tenían en diversos sectores laborales, académicos y empresariales, le valió para ser nombrado Ministro de Trabajo y Promoción Social el año 2004, en una coyuntura particular, pues se trataba del segundo gobierno democrático tras la década autoritaria del fujimorismo. La temperatura del momento la marcaba la discusión sobre la Ley General del Trabajo, iniciativa impulsada por los sindicatos para restituir el equilibro perdido con la legislación laboral neoliberal de los noventa. La primera entrevista que compartimos es, precisamente, de ese periodo, cuando ocupaba el sillón ministerial en el MTPE.

La segunda entrevista es más reciente y fue hecha para el blog TrabajoDigno.pe. En esta aborda, con una mirada amplia pero precisa y determinante, cuáles fueron los patrones de la “normalidad laboral” que heredamos del fujimorismo y que terminó legitimando la ideología del “cholo barato” como medio para lograr la productividad y competitividad en el medio. Abajo compartimos una versión ampliada de esta entrevista.

Entrevista en La República (pdf)

Entrevista a Javier Neves

Javier Neves Mujica, ex ministro de Trabajo, será recordado por la solvencia técnica de sus posiciones a favor de los trabajadores. En esta entrevista comparte una mirada panorámica a los últimos treinta años de políticas laborales en el país.

¿Quiénes fueron los operados de la reforma laboral fujimorista?

Quisiera decir antes, que la reforma laboral de Velasco aunque novedosa, fue criticada desde la izquierda. Era paternalista, reforzó la estabilidad laboral y la participación en la empresa. Pero en lo colectivo fue muy controlista. Marcado intervencionismo del Estado en la resolución del conflicto. Las reformas de Fujimori, en lo colectivo, fue claramente autonomista. La izquierda quedó descolocada. En lo individual se produjo un giro.

Pero ese no era el plan de gobierno original. ¿Cuándo se dio ese giro?

Cuando Fujimori era candidato, Santiago Roca nos llamó a Carmen Rosa Balbi y a mi para preparar un plan laboral. Lo expusimos ante Fujimori, que mostró cierta atención. Para cuando asumió el cargo dio un vuelco radical.

¿Quiénes fueron los operadores de esa reforma?

Los más involucrados fueron Ricardo Marcenaro y Carlos Torres y Torres Lara. Y un grupo de amigos de grandes estudios que fueron los que hicieron las reformas. Ese equipo estuvo claramente detrás de la reforma individual y colectiva, y de la reforma de del capítulo laboral en la nueva constitución.

¿Cómo logró darse una reforma que proponía cambios tan radicales?

Fujimori obtuvo del congreso “obstruccionista” facultades delegadas con los que se aprobaron hasta 12 decretos legislativos en lo individual, que lo reformaron todo. La Ley de Fomento del Empleo, que eran en realidad una Ley de Contrato de Trabajo; la de Compensación por Tiempo de Servicios, la de Gratificaciones, la de Jornada de Trabajo y Descanso.

Con Adolfo Ciudad y Ana María Yáñez criticamos el proyecto de capítulo laboral de la Constitución de 1993. Por supuesto que no incorporaron nada. Éramos minoría.

¿Qué buscaban con estas reformas?

Como fueron hechas por abogados ligados a intereses empresariales, querían que el Estado intervenga menos en lo laboral. En lo colectivo les convenía el control. La ideología liberal era la de flexibilidad y regular menos. Eso los unía: eran una comunidad de abogados de empresa. Que legislaron pensando en los problemas laborales de sus clientes, los que enfrentan en los juicios. Los reglamentos eran respuesta a los problemas que ellos tenían.

¿Qué otro aspecto contempló la reforma fujimorista?

Los otros decretos legislativos no eran tan cuestionables. Eran ordenar, modernizar, incluso la ley de compensación por tiempo de servicios. Antes los adelantos eran a cuenta y tenían que recalcularse. Con la nueva ley, el deposito es semestral y cancelatorio. Los sindicatos estaban en contra de la nueva ley. El Tribunal de Garantías Constitucionales se tumbó la ley. Dijo que había que combinar las dos cosas. Cualquier adelanto era pago a cuenta, pero a la vez te depositaban… una total incoherencia. En conclusión: en jornadas y descansos, gratificaciones, utilidades, CTS, representaron más una actualización de la normativa.

¿Cuál fue el cambio más significativo del nuevo ordenamiento laboral?

La propuesta más clara flexibilizadora fue la Ley de Fomento del Empleo, que incluyó nueve modalidades de contratos temporales, la eliminación de la reposición en casos de despido nulo, dejando al incausado e injustificado fuera del derecho solo con indemnización. Fueron cambios importantes respecto de lo anterior.

El eje de la reforma fue la estabilidad: contratación y despido, entrada y salida. Esa fue la gran batalla. La otra discusión sobre los sobrecostos es falsa. Muchos empleadores no ponen el acento ahí.

¿Cómo reaccionaron los empresarios?

Amigos que trabajan en Telefónica me dieron a entender que lo clave era la capacidad para imponer disciplina. El empleador es un autoritario. No quiere un poder que lo controle, por eso aborrece al sindicato. Cuando los jueces reponen a un dirigente sindical, el empleador se siente debilitado. “Ese se va a enseñorear, ahora está fortalecido”. El caso de Topy Top es ilustrativo. Hacen lo que sea, tanto en la vía legal como en la fáctica, para evitar el regreso de su principal dirigente. Dicen: “Yo soy el dueño esta es mi empresa, por qué voy a compartir decisiones con alguien”.

El regreso a la democracia, ¿se dio un cambió en el ordenamiento laboral?

El 2003, con el ministro de Trabajo Fernando Villarán, se recogieron las propuestas del Comité de Libertad Sindical de la OIT en lo referido a la legislación sobre relaciones colectivas. Se incorporaron 12 de las 16 recomendaciones hechas. Se quedaron sin realizar las referidas a las de huelga. Fue uno de los poquísimos cambios legislativos importantes desde Fujimori hasta hoy.

¿Algo que rescatar en este periodo?

Lo que logramos sacar el 2004, y con gran rechazo de Toledo, fue el registro sindical de trabajadores públicos. No tenían dónde inscribirse. Se había disuelto el INAP, casi todas las funciones se habían designado a otros organismos, pero esta no tenía. Había una disposición general que decían que las que no tenían asignación, iban a SUNARP, pero esta no quería. Sacaron un decreto supremo de registro sindical, y pudieron esta volver a inscribirse para negociar colectivamente. El congreso sacó una ley que no se reglamentaba.

¿Toledo la apoyó?

Toledo quería una ceremonia con los sindicatos para presentar el decreto. Pero luego se retracto y no quiso firmar. “Todos esos sindicatos van a querer luego negociar”. Le dije que si no firmaba el decreto, renunciaba. Sin embargo, la aprobó y se metió luego un discurso “yo he sido lustrabotas”.

También salió algo sobre inspección. El ministro Zavala modificó durante la transición las normas de inspección. Luego se han dado otros cambios, en lo legislativo, en lo jurisprudencial con el TC y algunos plenos supremos. Sentencias importantes como la del 2001 que dispuso que el despido incausado era inconstitucional y la del 2003 que dispuso el despido fraudulento. El campo de los despidos que conducían a la reposición creció: también el incausado y fraudulento. Y la Suprema complementó: esto se puede tramitar no solo en la vía constitucional del amparo, sino también en laboral ordinaria. Ahí han venido importantes cambios.

¿Por qué algunos sectores hacen tanto hincapié en lo del derecho a la reposición?

Si tu suprimes la reposición, y dejas intacta la contratación temporal, van a seguir contratando temporalmente. Como no hay indemnización, siempre será más barato. Odian que el trabajador regrese empoderado.

Sin embargo, no hay políticos que salgan a defender esa sentencia.

Nos han arrinconado tanto, con este discurso desregulador y flexibilizador, que terminamos defendiendo el régimen laboral fujimorista, pero con las importantísimas incorporaciones del Tribunal. No tenemos ninguna capacidad ninguna de proponer algo distinto.

¿Qué pasó con la famosa Ley General de Trabajo?

Por su trascendencia este proyecto requería de tres niveles de consenso. Un técnico, otro social en el CNTPE y otro político en el Congreso. Si prosperaba, iba a ser un proyecto muy consolidado. Los empresarios querían una reforma para empeorar. Le hablabas de recuperar derechos y nos respondían ustedes están soñando. Los temas más sensibles eran los de protección de la libertad sindical y despido.

¿Consideras alentador que los jóvenes lograran derogar una norma que los perjudicaba?

Los llamados pulpines no ganaron esa batalla, sino ganaron el futuro. Cualquier proyecto futuro en esa dirección hacía temblar las piernas. Significaba tener 50 mil personas en la calle protestando.

Sin embargo, Kuczynski intentó aprobar una Ley Pulpin 2.0.

El ministro Grados pretendió el primero año aprobar la contratación temporal sin causa. Ya no interesa la farsa de aparentar que tu puesto es permanente puesto que era recontra temporal. Felizmente no prosperó. Con los jóvenes no se van a meter. Por ejemplo, la Agenda País de Confiep hace una propuesta de empleo juvenil que incluye derechos laborales, pero con incentivos tributario. Los pulpines han hecho que este tipo de proyectos no vuelvan a la agenda.

¿Consideras que vivimos bajo una ideología que promueve el cholo barato?

Ya se hablaba el tema en los setenta. El gobierno revolucionario decía: el patrón no comerá más de tu pobreza. Luego aparecieron términos como “colaboradores”. Está muy extendido. Hasta en la Universidad Católica tiene pronunciamiento que lo utilizan. Todo esto tiene origen en el modelo norteamericano de relaciones industriales.

¿Es posible pensar en un consenso con los empresarios en lo laboral?

El terror de los empresarios no es un marxista, es un técnico que resuelve con justicia. Al ministro Christian Sánchez, ¿por qué lo odiaban cuando fue director o ministro? Porque sacaba resoluciones sólidamente sustentadas. Cuando ellos piden algo en el que no tienen la razón, se les niega razón, y si se les niega con sustento.

Recuerdo una famosa resolución de Tramarsa, los trabajadores quieren ir a la huelga y el empresario, para atrasarlos, solicita el arbitraje potestativo, antes de que entre la solicitud de huelga. Y se suscita un debate: si era facultad del sindicato solicitar el arbitraje potestativo y el empresario no puede pedir arbitraje si el sindicato quiere huelga. El ministerio resolvió a favor de Tramarsa, cuando era Director General de Trabajo, Juan Carlos Gutiérrez.

Una cuestión ética: el Estado antilaboral y antisindical*

La Coordinadora Nacional de Trabajadores del Sector Público (CONTRASEP) es una organización que se conformó en febrero de 2020, con la principal vocación de contrarrestar los actos de abuso del Estado peruano contra los derechos de sus trabajadores. Pero esta no es la única organización creada en los últimos tiempos con ese fin; existen otros frentes y movimientos integrados por sindicatos y federaciones de trabajadores del Estado que han surgido bajo la misma consigna. Y es que, en materia laboral, parece que el Estado ha logrado superar al sector privado en inequidades, despidos arbitrarios, prácticas antisindicales y otros más.

Esta problemática no es de poca importancia. De acuerdo a las normas constitucionales, es un deber primordial del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos. No obstante, las autoridades políticas suelen pasar por alto las condiciones de las personas que trabajan en la Administración Pública, y a pesar de ello insisten frente a la población con un discurso que vende la promesa de un Estado fuerte, eficiente y eficaz. Pero el razonamiento es simple: ningún Estado se puede comprometer seriamente con el respeto de los derechos de la ciudadanía, si vulnera los derechos en casa. Así que, no nos dejemos engañar.

¿Realmente creemos que el Estado puede tomarse en serio el fortalecimiento de la fiscalización laboral, cuando en las entidades públicas todos los días se desnaturalizan las relaciones de trabajo debido a la diversidad de regímenes laborales o a la contratación indebida de servicios de terceros para hacer labores permanentes? ¿Nos creemos que el Estado promueve la sindicalización y garantiza la libertad sindical en las empresas privadas, cuando en las entidades públicas se cometen despidos anti sindicales disfrazados de una no renovación contractual o se someten a los dirigentes sindicales a procedimientos administrativos disciplinarios abusivos? ¿Vamos a creer que el Estado fomenta la negociación colectiva en el sector privado, cuando dicta normas para impedir que sus propios trabajadores puedan ejercer este derecho? Siempre trato de llamar la atención sobre los problemas en el empleo público, pues son parte de las reformas pendientes en materia de política laboral; pero, desde mi modesta opinión, todavía estamos algo lejos de diagnósticos acertados.

Nadie puede negar que es necesario ordenar la contratación de trabajadores en la Administración Pública sobre la base de criterios meritocráticos, así como es necesaria una adecuada regulación de la carrera administrativa. Ambos objetivos permitirán mejorar los niveles de eficiencia y calidad en la prestación de servicios a la población. Pero no se puede hacer esto intentando, a su vez, reducir o restringir los derechos de los trabajadores. Los graves problemas que aquejan desde hace décadas al Estado, no están referidos propiamente al reconocimiento de derechos laborales o a la falta de recursos presupuestales. Si ese fuese el caso, los peruanos y las peruanas no perderían miles de millones de soles por actos de corrupción en el ámbito estatal, como ha reportado la propia Contraloría General de la República[1].

Veamos. Actualmente en el Estado peruano existen más de 1 millón 600 mil trabajadores, es decir, el empleo público representa el 9% de la PEA ocupada nacional, con la siguiente distribución de trabajadores por régimen de contratación:

DISTRIBUCIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO

Régimen de contratación Número de trabajadores % del total
Carreras especiales* 707,400 43.4%
CAS 356,817 21.9%
276 246,890 15.2%
728 172,989 10.6%
Locadores 143,309 8.8%
Servicio civil 868 0.1%
Total 1,628,273 100.0%

*Carreras especiales: profesores de educación básica, profesionales y asistenciales de la salud, fuerzas armadas y policiales, diplomáticos, docentes universitarios, magistrados, fiscales y servidores penitenciarios.
Fuente: Planilla electrónica – Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Octubre 2020.

Un dato adicional es que los trabajadores temporales en el Estado -que son principalmente los del régimen CAS y que superan en número a los regímenes de los Decretos Legislativos 728 y 276-, en la práctica se ven obstaculizados de ejercer sus derechos colectivos como la sindicalización, la negociación colectiva y la huelga por la propia naturaleza de sus contratos. Por ello, actualmente la tasa de sindicalización en el Sector Público es bastante baja (15%), y si bien es cierto poco a poco se está tratando de recuperar algo de la institucionalidad y fuerza que gozaban los sindicatos en el país antes de que fuesen desarticulados como producto de las políticas neoliberales de los años 1990, la tarea sigue siendo bastante compleja ya que el sistema administrativo peruano, tal como ha venido funcionando, es favorable a los círculos de abuso, explotación y corrupción que tienen capturado el aparato estatal. Así que, las cosas no van a cambiar tan fácilmente.

Un claro ejemplo de lo señalado es la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) -una entidad que fue creada en el año 2008 y que se encuentra adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros- que constantemente nos habla de meritocracia cuando todos sus presidentes ejecutivos han sido elegidos sin ningún proceso meritocrático. Quienes trabajamos en el ámbito estatal sabemos bien que esa es una práctica común para los cargos de dirección; es decir, las personas que ingresan a dirigir las instituciones y deciden el rumbo de las políticas públicas en nuestro país, no son sometidos a procesos de elección que garanticen que estas sean las más idóneas para ocupar dichos cargos, salvo el haber superado los particulares y poco transparentes “criterios de evaluación” de quienes los han elegido. Ese desorden es peligroso porque mantiene funcionarios serviles a los intereses de quienes han permitido que estos ocupen tales puestos, bloqueando el ingreso de funcionarios con mejores perfiles y que sí se deben al bien común. Es así como se configura, desde los gobiernos de turno, un Estado antilaboral y antisindical como el que ahora tenemos.

En ese contexto de constantes abusos laborales contra los trabajadores del Sector Público, lo cual -reitero- repercute negativamente en la calidad de los servicios a la ciudadanía, el 23 de enero de este año la CONTRASEP remitió al actual Presidente de la República, Francisco Sagasti, una carta solicitándole evaluar diversas reformas en materia de empleo público, relacionadas con los siguientes problemas:

  • La diversidad de regímenes de contratación (728, 276, CAS, locadores de servicios, etc.) que no se justifican en criterios objetivos, sino discriminatorios, lo cual genera mayor precariedad laboral y corrupción;
  • La elevada contratación de personal de confianza exento de procesos meritocráticos, para ocupar cargos de dirección, a pesar de que muchas veces no se cumple con el perfil requerido, lo cual abre la puerta a la inestabilidad de las políticas públicas, al pago de favores políticos partidarios y a la corrupción;
  • La informalidad laboral debido a la contratación indebida de locadores de servicios, cada vez en mayor número, para realizar labores permanentes;
  • El gran desfase salarial que existe en las entidades públicas, generando inequidades entre trabajadores de un mismo centro de trabajo o que se encuentran en un mismo régimen laboral.

Seguramente para muchos resultará poco realista pedirle encarar estas cuestiones a alguien que está próximo a dejar el gobierno del país, y que debería enfocarse en afrontar la crisis sanitaria que estamos viviendo. No obstante, hay que recordar que dicha crisis también ha agudizado las fragilidades institucionales en materia de protección laboral, por lo que no hablamos de temas ajenos a las actuales necesidades de la población.

El desorden y la amplia discrecionalidad que tienen las entidades públicas para exigir meritocracia con ciertos trabajadores, y al mismo tiempo colocar excesivo personal de confianza en cargos directivos (los que en su mayoría solo cumplen requisitos de afinidad política y desconocen el funcionamiento propio de cada institución), mantiene la puerta abierta a la corrupción y a la ineficiencia en la gestión pública. El resultado es más que notorio.

Si queremos un Estado protector de los derechos humanos -y esto incluye a los derechos laborales-, debemos estar dispuestos a exigirle a este que empiece ordenando su casa, con justicia, meritocracia y transparencia. Solo así estaremos dando un paso importante en la gestión honesta de los recursos humanos en la Administración Pública, y disparando contra un sistema corrupto que le es favorable a quienes desean seguir manejando el Estado a su antojo.

Con todo, algunas batallas se han ganado. La derogación de los Decretos de Urgencia Nº 014-2020 y Nº 016-2020, que vulneraban los derechos a la negociación colectiva y a la estabilidad laboral de los trabajadores en el Sector Público, así como la derogación por insistencia del Régimen CAS, al margen de la discusión de si estas fueron las mejores salidas a los problemas de fondo, posicionan una cuestión ética: si es correcto que el Estado sea un mal empleador, y esta cuestión principista es un punto importante que -de inicio- nos da buenos argumentos a favor de las reformas antes señaladas.

Finalmente, la existencia de mayores movimientos y organizaciones sindicales a raíz de los abusos sistemáticos del Estado contra sus trabajadores, empuja al resto de actores laborales a una mayor presencia y activismo social, fortaleciendo con esto la democracia participativa y sustantiva. Ciertamente, se requiere una renovación del discurso y de la dirigencia sindical tradicional, y en esa tarea algo se viene avanzando. Pero hay que seguir apostando por un diálogo plural, integrador y solidario entre dichas organizaciones, porque las luchas más difíciles estarán afuera, en el ámbito político, y hacerle frente requerirá mayor preparación y nuevas estrategias de acción.

*Lily Ku Yanasupo
Abogada constitucionalista y dirigente sindical

[1] http://www.contraloria.gob.pe/wps/wcm/connect/cgrnew/as_contraloria/prensa/notas_de_prensa/2020/lima/np_628-2020-cg-gcoc

POR UNA AGRICULTURA Y AGROINDUSTRIA QUE BENEFICIEN REALMENTE A LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES

Las y los especialistas que suscribimos este pronunciamiento, saludamos la decisión del Congreso de la República de derogar la Ley 27360, de Promoción del Sector Agrario, por las razones que motivaron la protesta laboral, vinculadas con las precarias condiciones de trabajo y la desprotección social que posibilitaba el anterior marco regulador; y al Ejecutivo por no observarla.

Consideramos, asimismo, que la propuesta de ley presentada por la “Comisión Multipartidaria para la Creación de una Nueva Ley Agraria”, representa un punto de partida para la discusión y aprobación de una norma que realmente introduzca cambios sustanciales en las condiciones laborales en el sector agrario.

En ese sentido, cabe señalar los avances que introduce el proyecto de ley en materia de derechos y beneficios laborales, que mejoran algunos aspectos de la norma derogada, comenzando por la prohibición de la tercerización e intermediación laboral de actividades principales en el sector agrario, así como el reconocimiento expreso del derecho de los trabajadores a recibir utilidades, una asignación familiar, un pago por escolaridad, una tasa adicional por jornada laboral nocturna y el seguro por trabajo de riesgo.

Sin embargo, a pesar de estos aspectos importantes, vemos con preocupación que este proyecto de ley insista con algunos de los dispositivos de la anterior legislación que se derogó por considerarla injustificada:

  • Se establece una remuneración básica agraria (RBA) que reproduce el patrón remunerativo del régimen derogado: la compensación por tiempos de servicios (CTS) y las gratificaciones se pagan conjuntamente con el jornal diario, como parte de una remuneración integral, desnaturalizando el objetivo de ambos derechos (principalmente la CTS, como soporte económico para la cesantía); razón por la cual ambos conceptos deben pagarse por separado, como establece el régimen general de la actividad privada.
  • Los aportes a la seguridad social siguen estando por debajo de lo establecido en el régimen laboral general (7% de la remuneración en lugar de 9%), perpetuando el desbalance financiero de EsSalud, como si los trabajadores agrícolas y agroindustriales no estuviesen expuestos a problemas de seguridad y salud ocupacional, incluso más que en otros sectores.
  • Lo que corresponde es que los trabajadores agrarios gocen de los mismos beneficios laborales que los trabajadores sujetos al régimen laboral general.
  • Consideramos, además, que la demanda de un aumento remunerativo levantada por los trabajadores del campo, se justifica plenamente, dada la profunda desigualdad en la evolución de los ingresos laborales respecto de las millonarias utilidades empresariales en 20 años de recibir subsidios estatales, expresados en un menor aporte a la seguridad social de sus trabajadores, el pago de la mitad del impuesto a la renta, los beneficios del drawback, la depreciación de activos, las ventajas arancelarias de los acuerdos de libre comercio, el acceso barato al recurso hídrico, entre las principales. En ese sentido, los trabajadores de la agricultura y agroindustria debieran recibir un aumento de su remuneración mínima vital de al menos 50%.
  • Con relación al reconocimiento del bono de productividad, este aparece condicionado a “si hay acuerdo” de los trabajadores con su empleador, lo cual resulta extremadamente difícil en un sector con una tasa de sindicalización del 4%. En su lugar, debe garantizarse la libre organización y fomentar la negociación colectiva de los trabajadores con sus empleadores, con el fin de permitir que las mejoras en su productividad laboral se transformen en mejoras salariales. Para ello, resulta fundamental que los trabajadores agrarios que realizan labores permanentes sean contratados a plazo indefinido, mientras que aquellos estacionales recurrentes, accedan a un contrato estable discontinuo.
  • El fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) es una medida largamente demandada no solo por los trabajadores, sino que es recomendada también por nuestros principales socios comerciales, en el marco de los acuerdos comerciales suscritos con nuestro país que incorporan compromisos en materia laboral y ambiental. Sin embargo, este fortalecimiento solo será posible si se asignan mayores recursos presupuestales; de lo contrario, toda mención al respecto carece de sustento y se reduce a un mero ejercicio retórico.
  • Con relación al régimen tributario, si bien consideramos necesaria una adecuación progresiva al régimen general para las empresas que se beneficiaron menos de cinco años con los beneficios tributarios del régimen agrario, esta debiera considerar un menor plazo al propuesto (2025 en lugar del 2028), además de modificar el orden de las condicionalidades establecidas para acceder a este derecho: las empresas agrícolas no podrán acceder a los beneficios tributarios si cuentan con infracciones en el ámbito laboral o ambiental.

Por lo expuesto, creemos que el Congreso de la República tiene una oportunidad histórica para corregir un marco normativo que cumplió con creces su objetivo original, consolidando económicamente a un sector que se ha visto beneficiado con las políticas comerciales, el acceso a los recursos naturales y a vías de comunicación subsidiadas con recursos públicos, por lo que es momento que quienes han hecho posible este despegue y consolidación –como son las trabajadoras y los trabajadores del agro– se beneficien también y de manera proporcional, con una mayor participación en las ganancias generadas por la agricultura.

Se adhieren individualmente:

Javier Neves Mujica

Christian Sánchez Reyes

Oscar Ugarteche Galarza

María Bastidas Aliaga

Fernando Cuadros Luque

Alfredo Villavicencio Ríos

Adolfo Ciudad Reynaud

Elmer Arce Ortiz

Giovanna Larco Drouilly

Javier Mujica Petit

Lily Ku Yanasupo

Alan Fairlie Reinoso

Mariela Belleza

Carlos Mejía Alvites

Jorge Bracamonte Allaín

Saúl García Santibáñez

Eduardo Zegarra Mendez

Diana Miloslavich Túpac

José Marcos-Sánchez Zegarra

Edgardo Balbín Torres

Pedro Francke Ballve

Henry Carhuatocto Sandoval

Julia Cuadros Falla

Pablo Ricardo Abdo

Luis Miguel Sirumbal Ramos

Grace Baquerizo Rojas

Juan Diego Motta Villegas

Milagros Vivas Ponce

Luis Enrique Mendoza Choque

Omar Cavero Cornejo

David Campana Zegarra

Gladys Gabriela Cusimayta Lobo

Guillermo Miranda Hurtado

Willman César Meléndez Trigoso

Pier Paolo Marzo Rodríguez

Juan Carlos Vargas Marín

Gianinna Echevarría Gutarra

Enrique Fernández-Maldonado Mujica

Andrea Sánchez Matos

Wilfredo Sanguineti Raymond

Flor Blanco Hauchecorne

Paul Castellanos

Pablo Ricardo Abdo

Irma Elvira Ganoza Macchiavello

Julia Carmen Espinoza Bernal

Ibis Fernández Honores

Mirtha Villanueva Cotrina

Ruth Luque Ibarra

Amire Romina Ortiz Arica

Rayza Collazos Alvarado

Sonia Johana Asurza Espiritu

César Mariano Figueroa Vergara

Rosario Narváez Vargas

Magali Aguilar Cortez

Se adhieren colectivamente:

Federación de Trabajadores del Agua Potable del Peru (FENTAP)

Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ)

Plataforma de la Sociedad Civil sobre Empresas y Derechos Humanos

Programa Laboral de Desarrollo (PLADES)

Red de Propuesta y Acción (Red Muqui)

Centro de Derechos y Desarrollo (CEDAL)

Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos (PERÚ EQUIDAD)

Confederación Nacional de Trabajadores del Perú (CATP)

Asociación Nacional de Centros (ANC)

Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS PERÚ)

Asamblea de Delegados de Organizaciones de la sociedad civil de Lambayeque (ADOSCIL)

Movimiento Manuela Ramos

CPM Micaela Bastidas Trujillo

Colectiva Mujer y Poder

Acción Solidaria para el Desarrollo (COOPERACCIÓN)

Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales del Perú (CITE)

Acción por Igualdad

Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS)

Centro de Desarrollo Étnico (CEDET)

Comisión de Derechos Humanos Alto Huallaga (CODHAH)

Colectiva Obstetras Feministas

SEDYS Trujillo

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH)

Asociación Servicios Educativos Rurales

Asociación de Productores Agrarios, Pecuarios y Agroindustriales de la Provincia del Alto Amazonas (ASPROAPEC)

Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA)

Plataforma de Recursos Naturales y Desarrollo Sostenible (RENADES)

Colectivo Uniones Perú

Grupo de Mujeres Diversas

CMP Flora Tristán

Asociación Mujeres Las Karahuayllas

Colectivo Juntos Perú por Justicia basta de Impunidad

Central de Trabajadores del Perú (CTP)

Para adhesiones:  https://cutt.ly/AhXbK8P

 

 

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