¿QUÉ PASA EN LA COMISIÓN DE TRABAJO?

Comisión de Trabajo

Llama poderosamente la atención la orientación que viene tomando la Comisión de Trabajo y Seguridad Social (CTSS), en estos momentos presidida por el congresista Justiniano Apaza del Frente Amplio (FA). Manejo que sorprende en virtud de las prioridades que viene adoptando la agenda ordinaria de una instancia parlamentaria de primera importancia para los trabajadores. Por lo menos en lo que va de estas primeras cuatro sesiones de la segunda legislatura (2017–2018).

Desde su instalación, en agosto último, el presidente de la CTSS ha citado a las cuatro centrales sindicales (CGTP, CUT, CATP y CTP) a las dos primeras sesiones; al secretario general de la Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos (FNTMMSP) y al presidente del Seguro Social de Salud (EsSalud) a la tercera sesión; y al presidente de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) a la cuarta. Entendemos que con el objeto de informarse, en los primeros casos, sobre la problemática de los trabajadores sindicalizados; y en los restantes, para abordar la situación y perspectivas de estas dos instancias gubernamentales claves, como son la seguridad social y el empleo público.

Todo bien hasta ahí. No vamos a cuestionar acá la importancia de escuchar a los actores sindicales, ni soslayar la necesidad de hacer seguimiento al desempeño institucional de dos organismos públicos con funciones medulares. Pero sí nos parece pertinente anotar que apenas un año atrás, entre agosto y setiembre del 2016, los mismos representantes sindicales y los mismos funcionarios públicos asistieron a la misma CTSS a rendir (digamos que similares) testimonios y rendiciones de cuentas. ¿Cuánto puede haber cambiado la problemática laboral y sindical en este periodo? Asumiendo que la agenda parlamentaria es vasta y el tiempo para agotarla corto, ¿no era mejor organizar reuniones informativas para coordinar ex profeso las urgencias y necesidades del movimiento sindical, y abocarse en las sesiones a las tareas legislativas? ¿O lo que importa realmente en estas sesiones es la foto final?

Lo mismo puede decirse respecto del Plan de Trabajo de la Comisión. ¿Son otras las prioridades, intereses y preocupaciones del congresista Apaza respecto de las de su colega de bancada y anterior presidente de la CTSS, Hernando Cevallos? ¿Pueden existir diferencias sustanciales y significativas entre congresistas de una misma organización política, cuando de por medio está la agenda laboral y sindical? ¿Cuánto del anterior plan de trabajo se llegó a concretar y cuánto se avanzó en el resto? ¿Cambió en algo la composición de la Comisión (con mayoría simple fujimorista) como para reorganizar el  orden de prioridades legislativas?

Planteamos esta preocupación, en principio, porque creemos que la oportunidad que tiene la izquierda congresal de presidir la Comisión de Trabajo (y desde ahí apoyar la causa de los trabajadores), es un hecho que debe aprovecharse y potenciarse, sin mezquindades y con mucho sentido estratégico. Más aún cuando la agenda laboral del país presenta varios pendientes y urgencias por resolver. En segundo lugar, porque se tiene como precedente el desempeño en la anterior legislatura (2016–2017), cuando el FA asumió (concedamos que por primera vez) la conducción de la CTSS, en una gestión que definimos como anodina; que se caracterizó, precisamente, por su modesta producción legislativa: tanto en términos de alcance (se aprobó un proyecto de ley que beneficia a 12 mil trabajadores CAS de EsSalud) como de diversidad (se discutieron solo cuatro dictamines, tres de ellos relacionados al sector salud). En TrabajoDigno.pe publicamos un balance sobre este primer año de gestión de la CTSS.

¡Atención! Se viene el Caterpillar flexibilizador

Ahora suenan nuevamente las alarmas. Revisando la convocatoria a la quinta sesión ordinaria de la CTSS (martes 17 de octubre), encontramos que la Presidencia agendó el dictamen que promueve la contratación formal de jóvenes, basado en el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo en marzo de este año. Se trata del mismo proyecto que provocó el retiro de las centrales sindicales del  Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) al saltarse esta instancia de diálogo social. Y más recientemente, que fuera cuestionado directamente por las mismas centrales ante el Presidente de la República, la semana pasada en Palacio, y luego de que se le transmitiera –personal y públicamente– este cuestionamiento al presidente de la CTSS, el congresista Apaza, en las sesiones inaugurales de la presente legislatura. En ambas reuniones, el pedido expreso de los dirigentes sindicales fue que la discusión de este proyecto regresara al CNTPE, en lugar de aprobarse entre “gallos y medianoche”, sin el debido debate público. La idea de las Centrales no es bloquear anticipadamente su aprobación, sino enriquecerlo con los aportes de las comisiones técnicas formadas para tales fines.

Entonces, si el Frente Amplio dice representar los intereses de los trabajadores, ¿por qué agenda un dictamen que no cuenta con el consenso de una de las partes, en este caso la sindical, más aun habiendo un compromiso político del FA de fortalecer las instancias de diálogo social, como el CNTPE, tal como solicitaron expresamente las centrales sindicales?

¿Acaso no le han informado al congresista Apaza del “acuerdo político” al que habrían llegado el Ejecutivo, el fujimorismo y el aprismo para aprobar (vía facultades legislativas o las que fueran necesarias) diversas iniciativas legislativas que apuntan a debilitar el rol tutelar del Estado en materia de derechos laborales?

Más sorprende aún: ¿Por qué el dictamen elaborado por la CTSS no incluye los aportes del proyecto de ley presentado por la congresista Indira Huilca, sobre el mismo tema? Se trata de una iniciativa que plantea aportes interesantes en la línea de promover (en serio) la capacitación y formación laboral de los trabajadores jóvenes; precisamente un ángulo que el proyecto impulsado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo obvió olímpicamente.

¿A quién beneficia la Ley Pulpín 2.0?

Pulpines1

Sobre el proyecto de ley del Ejecutivo hemos opinado anteriormente. El dictamen que se discutirá en la próxima sesión de la CTSS incluye un proyecto adicional, presentado por la presidencia de la Comisión, que incorpora una mención referida a incentivos a la capacitación, pero que en la práctica no modifica el meollo del proyecto base: el subsidio al sector privado del aporte a EsSalud equivalente al 9% de las remuneraciones.

¿Es esta la vía idónea para incentivar la contratación formal de mano de obra juvenil? Según la argumentación del dictamen, este proyecto constituye “un instrumento de corto plazo que reducirá los costos de contratación de los jóvenes en relación a los adultos para los diferentes regímenes laborales que pudieran usar las empresas al contratar a jóvenes desempleados o en la informalidad”.

Sin embargo, este supuesto no se sostiene en la realidad. Por un lado, la generación de empleo formal depende de factores que van más allá de la regulación y de los “costos” laborales, como ha quedado demostrado en recientes investigaciones sobre el tema. Pero además, porque la demanda de trabajo juvenil crece en economías dinámicas y en proceso de expansión, especialmente en los sectores que son más intensivos en mano de obra. En estas circunstancias, las empresas buscarán incorporar a jóvenes laboralmente competentes, que puedan certificar determinadas capacidades cognitivas y herramientas técnicas que, lamentablemente, la educación actual (básica y superior) no garantiza a un amplio sector de la población juvenil.

En este contexto, ¿qué tanto puede incentivar la generación de empleo juvenil formal la aprobación una ley que subsidia el aporte a EsSalud (9% de la remuneración), más aun considerando que la demanda está estancada y un sector importante de la oferta laboral tiene bajos niveles de empleabilidad y productividad?

¿A quiénes beneficiará el dictamen, si se aprueba tal cual está? En TrabajoDigno.pe creemos que a los sectores empresariales que no cuentan con un régimen laboral promocional, y persiguen hace tiempo la aprobación de uno que les permita abaratar el costo del trabajo. Esto es, a las grandes y medianas empresas.

Si nos fijamos en el alcance o ámbito al que hace referencia el dictamen, encontramos que junto con las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) –que en la justificación aparecen como el leitmotiv del proyecto–, también están comprendidas como beneficiarias del subsidio estatal “(…) las demás empleadoras de la actividad empresarial privada obligadas a realizar aportes a EsSalud por los trabajadores que contraten en el marco de la presente ley”. ¿Y cuáles son estas empresas? Pues TODAS las empresas que estén bajo el ámbito del régimen de la actividad privada (D. Leg. N° 728), de los regímenes especiales (Ley N° 27360 y D. Ley N° 22342) e incluso del sector público.

¡Vaya regalo que les quiere servir el Gobierno a las grandes empresas, con apoyo del fujimorismo y sorprendentemente del Frente Amplio!

El atajo no lleva a buen puerto

22007776_1751217268507430_290585994795848393_n

El otro proyecto polémico (por decirlo de algún modo) es el que establece disposiciones para “erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público”, que en buen cristiano debe leerse como la incorporación de los servidores civiles bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a los regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 728 y N° 276, según corresponda.

En TrabajoDigno.pe hemos manifestado en anteriores oportunidades la necesidad imperiosa que tiene el Estado peruano de avanzar hacia un sistema de servicio civil que garantice el acceso meritocrático a un empleo adecuado con derechos laborales, ingresos dignos, acceso a la protección social, pleno disfrute de las libertades sindicales y con la posibilidad de hacer una real carrera meritocrática, para el conjunto de la administración pública. Tal aspiración es, lamentablemente, ajena, por ahora, por lo menos para el 11% de las personas al servicio del Estado que laboran en la informalidad y para aquellos que lo hacen bajo modalidades precarias (como los CAS). Asimismo, consideramos fundamental que este sistema de servicio civil promueva al mismo tiempo –como parte de una política de gestión de recursos humanos–  un mejor desempeño laboral y profesional de los servidores que tienen a su cargo las funciones públicas, con el fin de brindar un servicio de real calidad a la ciudadanía.

Consideramos, sin embargo, que la vía para alcanzar ambos objetivos (complementarios) no pasa por forzar el traspaso de los servidores CAS (entre los más vulnerables en el sector público) a regímenes laborales que, o bien corresponden al sector privado (como el D. Leg. N° 728), o bien no garantizan adecuados ingresos ni una carrera meritocrática para quienes están comprendidos (como es el caso de los “276”).

Otra vez nos encontramos ante una situación paradójica en el orden de prioridades que asigna la presidencia de la CTSS a los temas en agenda. En este caso particular, se trata de un dictamen que comprende un conjunto de proyectos presentados por instancias gubernamentales (como el Ministerio Público y el Poder Judicial), o por el propio FA (abogando por los trabajadores de la RENIEC), para incorporar al personal CAS a los regímenes laborales señalados. La lógica implícita en estos proyectos no es fortuita. En esta misma legislatura los temas agendados han estado referidos a instituciones específicas, con ámbitos de aplicación limitados (un dictamen para modificar el régimen pensionario portuario), o vinculados a temas extra laborales (un dictamen que excluye a EsSalud del ámbito del FONAFE, y otro para la prevención y tratamiento del Alzheimer).

Pero además –y acá nuestra crítica de fondo– este dictamen estaría en la práctica boicoteando el proceso de implementación de la Ley N° 30057, Ley de Servicio Civil; régimen laboral que, aun pudiendo tener algún aspecto perfectible, constituye el mayor esfuerzo desplegado por el Estado peruano para modernizar y fortalecer la institucionalidad y gestión de la administración pública.

Si algún rol debe jugar la izquierda en estos momentos (en particular la parlamentaria), es apuntalar aquellos procesos en los que se juegan objetivos de mediano y largo plazo, como es la mejora y fortalecimiento del Servicio Civil. Y una de las urgencias que debe atenderse, en ese sentido, además de la agilización de la implementación de la reforma del servicio civil, es la aprobación de una nueva regulación para las relaciones colectivas laborales en el sector público en el marco de lo establecido por el Tribunal Constitucional. Específicamente, en lo que corresponde a la negociación de mejoras económicas/salariales por medio de convenios colectivos. De la legislatura anterior quedaron pendientes de discusión un par de proyectos de ley que buscan precisamente adecuar la legislación vigente a las sentencias del Tribunal Constitucional, uno de ellos elaborado con participación de las centrales sindicales.

Sin embargo, al parecer este tema no es prioridad para la CTSS ni para el FA. A pesar que estamos próximos a aprobar una nueva Ley de Presupuesto Público, donde los incrementos salariales en el sector público son negados sistemáticamente precisamente por carecer de una regulación que haga viable los aumentos vía negociación colectiva, en la Comisión de Trabajo se insistirá con una iniciativa de resultado incierto y contraproducente.